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¿Conducir con chanclas? conoce las limitaciones europeas
Con la llegada del verano y el calzado estival muchos conductores quizás desconozcan o no recuerden la respuesta a esta pregunta pero, desde Pecafer vamos a darle una clara respuesta.
Específicamente, en ningún código europeo de circulación te encontrarás dicha prohibición de forma explícita, pero a continuación vamos a numerarte las sanciones o multas que pueden acarrear conducir con “una vestimenta” inapropiada y es que en estas situaciones los matices son importantes.
Primeramente, en nuestro país las multas pueden rondar entre los 80 y 200 euros y es que el artículo 18 del Reglamento General de Circulación señala que el conductor “está obligado a mantener la libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción”. Basándose en él, la DGT sustenta que este tipo de calzado coarta la libertad de movimiento, por tanto, si el agente decide multar esta sanción podría rondar la pérdida de 3 puntos más la sanción económica.
Pero no solo en España, en el resto de países europeos como por ejemplo Francia, Italia, Noruega, Países Bajos, Reino Unido o Portugal, entre otros, también multan. De hecho, el país galo tiene una normativa bastante parecida a la española.
En cualquier caso, hay que tener en cuenta que la seguridad vial es lo realmente importante, por lo que debemos evitar cualquier elemento que pueda ponerla en riesgo.